JurídicoESEN
Order (Auto)July 11, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Abad Perez Lucia Isabel·Respondent Empresa Social Del Estado Ese Cartagena De Indias De Corozal Sucre

✓
Topic · hard data
Demanda Contra Empresa Social Del Estado En Donde Se Solicita Reconocimiento De Relación Laboral Y Los Derechos Que Surgen De Esta.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de demandas laborales promovidas por empleados públicos contra empresa social del estado
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Corozal y el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Sincelejo.

El origen de la controversia radica en una demanda ordinaria labora presentada por una ciudadana, en contra de la ESE Centro de Salud Cartagena de Indias de Corozal, con la que la accionante pretende que se ratifique que estuvo vinculada con la accionada mediante un contrato de trabajo, que se declare que la entidad demandada terminó sin justa causa ese contrato de trabajo y se le condene a pagarle la respectiva indemnización por despido injustificado, por valores referidos en escrito de demanda.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que pese a que la accionante celebró contratos de trabajo con la demandada, se le consideraría empleada pública a efectos de dirimir el presente conflicto de competencia entre jurisdicciones, toda vez que las funciones que la demandante presuntamente desarrolló a favor de la entidad fueron las de «odontóloga», funciones que no son compatibles con la labor de sostenimiento de la planta física hospitalaria o con las de servicios generales.

Es decir, no se asemejan a las que ejercen los trabajadores oficiales de las empresas sociales del Estado, sino a las de los empleados públicos.

En este sentido, la Sala reitera la regla establecida en Auto 796 de 2021, por disposición del numeral 4° del artículo 104 del CPACA, que la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer de una demanda laboral contra una Empresa Social del Estado promovida por un empleado público, situación jurídica que se constata con las funciones que desempeña en la entidad acorde con lo previsto en la Ley 10 de 1990.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Sincelejo para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Primero Civil del Circuito de Corozal y a los interesados en este asunto.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Corozal y el Juzgado
  3. Séptimo. Administrativo del Circuito de Sincelejo, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  4. Séptimo. Administrativo del Circuito de Sincelejo conocer sobre la demanda presentada por la señora Lucía Isabel Abad Pérez contra la ESE Centro de Salud Cartagena de Indias de Corozal.
  5. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5430 al Juzgado
  6. Séptimo. Administrativo del Circuito de Sincelejo para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  7. Primero. Civil del Circuito de Corozal y a los interesados en este asunto.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.